Protege tus datos frente a la inteligencia artificial con seguridad



Imagina que tu empresa de vigilancia instala cámaras inteligentes con reconocimiento facial sin un diseño previo: un menor es captado, sus datos biométricos quedan encriptados en un sistema IA que aprende patrones, pero luego se filtran y miles de ciudadanos reclaman. La Superintendencia de Industria y Comercio impone multas millonarias, la reputación queda herida, los titulares demandan, y tú quedas mal frente a clientes y autoridades. En ese caos, la Ley 1581 de 2012 se vuelve tu mejor aliado, junto con las guías de la SIC para IA. Si no tienes un plan serio para el tratamiento de datos personales frente a inteligencia artificial, estás navegando sin timón. 

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Un diagnóstico narrativo del riesgo creciente

Piensa en el gerente multitarea de una empresa emergente que decide usar algoritmos para segmentar clientes, ofrecer promociones automáticas o interacciones personalizadas. Lo que no imagina es que esas decisiones algorítmicas —tomadas sobre datos personales— podrían vulnerar derechos si no se emplean técnicas como anonimización, sesgo controlado, o auditorías. O ese administrador de edificio que instala cámaras que “reconocen rostros” para identificar intrusos: sin una política clara, los datos de residentes y visitantes pueden terminar usados para perfiles comerciales, venta de bases o inclusive requisiciones legales sin base. En ambas historias hay un punto ciego: “la IA no es magia libre, es un tratamiento de datos” y por tanto exige cumplimiento normativo.

Cuando el algoritmo decide precios, rechaza solicitudes o personaliza ofertas, esa “decisión automatizada” puede discriminar. Si no permites al titular conocer el criterio, rectificarlo o revocarlo, estarás violando sus derechos —aunque haya sido “solo IA”.

Normativa colombiana aplicada a IA y datos personales

Colombia no está ajena al reto: el 21 de agosto de 2024 la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) publicó la Circular Externa No. 002 de 2024, que establece lineamientos para el tratamiento de datos personales con sistemas de inteligencia artificial

Esa Circular reitera que las leyes estatutarias 1266 de 2008 y 1581 de 2012 se aplican sin distinción tecnológica, y exige cumplimiento del principio de responsabilidad demostrada (accountability): debes poder demostrar que adoptaste medidas útiles, oportunas, eficientes y documentadas. 

Dentro del tratamiento en IA, la SIC exige que se verifiquen cuatro criterios: idoneidad, necesidad, razonabilidad y proporcionalidad estricta. Si una operación de IA tiene riesgo de daño grave, deberás abstenerte o adoptar medidas precautorias (por ejemplo, un estudio de impacto en privacidad). 

Además, la Corte Constitucional en la Sentencia T-323 de 2024 reafirmó que la normativa de protección de datos no está limitada al contexto tradicional, sino que cobija cualquier sistema de IA con datos personales. 

En paralelo, en Colombia se está tramitando el Proyecto de Ley 043 de 2025 para regular la IA, que propone obligaciones explícitas para proteger voces, imágenes y datos usados en entrenamiento de modelos. 

Otro aspecto importante es que la SIC ha reforzado sanciones en casos de uso indebido de datos sensibles o biométricos. Por ejemplo, una empresa de comercio electrónico fue sancionada con más de $214.405.120 por condicionar uso de datos biométricos (reconocimiento facial). 
Mercado Libre también recibió sanción millonaria por uso indebido de datos biométricos y negativa de supresión ante requerimientos de titulares. 
La empresa Risks International fue sancionada con más de $190 millones y suspensión temporal por incumplir obligaciones de autorización, rectificación y derechos de titulares. 

Así, en Colombia el mal diseño de sistemas de IA con datos personales ya no es una “zona gris”, es un riesgo legal patente.

Casos reales y consecuencias jurídicas

El sector de telecomunicaciones lidera en sanciones por protección de datos en Colombia: omisión en respuesta a requisitos de la autoridad, demoras en supresión de datos, falta de protocolos internos y ausencia de inscripción en el RNBD. 
En el sector financiero, sancionan por colectar datos sin autorización clara, o contactar referencias personales sin consentimiento válido. 
En comercio electrónico, hay multas por uso indebido de datos sensibles, condición indebida, fusión de perfiles sin base legítima.

Imagina una entidad de vigilancia privada que emplea IA para reconocimiento facial en un conjunto residencial. Si no genera un aviso explícito, no informa a cada persona, no permite exclusión, y no documenta el tratamiento, podría estar sometida a sanción, orden de supresión y daño reputacional. Si se capta un menor, el riesgo escala: los datos de niños, niñas y adolescentes (NNA) requieren protección especial y autorización de representante legal.

Comparativo internacional: GDPR, CCPA y LGPD

En la Unión Europea, el GDPR regula las decisiones automatizadas y el perfilado: los titulares tienen derecho a no ser sometidos a decisiones automáticas salvo que haya intervención humana significativa, protección agrandada, transparencia y procesos de apelación.

En EE. UU., la CCPA (California) otorga derechos de acceso, eliminación y objeción, pero no tiene un régimen tan estricto sobre decisiones automáticas con IA.

En Brasil, la LGPD contempla “decisión automatizada” y exige que las personas sean informadas, tengan derecho a revisión humana y puedan impugnar resultados.

Comparando, Colombia exige los principios de responsabilidad demostrada, proporcionalidad y mitigación de riesgos, pero aún no tiene un régimen tan desarrollado como el GDPR en cuanto a auditoría algorítmica obligatoria o mecanismos de apelación automática. Sin embargo, el proyecto de ley de IA apunta a acercar ese enfoque.

Un relato cercano: el avatar emprendedor

Supongamos que Laura es emprendedora digital y gestiona una app de salud preventiva que recomienda rutinas personalizadas usando IA basada en datos biométricos de usuarios. Laura no contempla la política de datos desde el inicio, no atiende críticas de usuarios, no permite revocaciones, y no documenta control de sesgos. Luego un usuario solicita supresión y la empresa se niega. La SIC inicia investigación y Laura recibe una sanción, el app pierde usuarios, la prensa reseña fallas éticas.

Ahora imagina otro escenario con acompañamiento de TODO EN UNO.NET: Laura contrata el diagnóstico gratis, ajusta su arquitectura para anonimizar y segmentar con roles seguros, implementa análisis de impacto, genera manuales, capacita su equipo y deja la responsabilidad demostrada lista. Si aparece una reclamación, Laura ya tiene respaldo técnico y jurídico para sustentar que actuó de buena fe.

Cómo resolverlo con TODO EN UNO.NET — un camino en tres fases

Fase 1: Análisis inicial (diagnóstico y brechas)
Nos sumergimos en tu empresa, conjunto o sistema de IA: recabamos flujos de datos, algoritmos, puntos de entrada y salida, riesgos inherentes, uso de biometría, menores involucrados y mapeo de actores (administradores, encargados, terceros). Identificamos brechas frente a la Circular 002 de 2024 y exigencias del proyecto de ley IA.

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Fase 2: Definición estratégica (plan normativo vigente)
Construimos un plan de acción con priorización: diseño de política de datos, evaluación de impacto, definición de técnicas de privacidad desde el diseño, procedimientos de derechos de los titulares (acceso, rectificación, supresión, revocación, portabilidad), inclusión de cláusulas IA, protocolos para NNA, registro RNBD, trazabilidad y logs, auditoría algorítmica, contrato con terceros, transferencia internacional segura.

Implementamos la responsabilidad demostrada: matrices de riesgo, registro de decisiones, pruebas de auditoría, reporte de mitigaciones, archivo documental.

Fase 3: Implementación y acompañamiento
Generamos manuales, políticas internas, formatos de consentimiento, cláusulas contractuales, protocolos y guías, impartimos capacitación continua. Implementamos herramientas tecnológicas seguras: anonimización, pseudonimización, técnicas de privacidad diferencial cuando aplique. Verificamos cumplimiento con monitoreo regular, auditorías y revisiones periódicas ante nuevas versiones de algoritmos.

Aquí también acompañamos en inscripciones, actualizaciones al RNBD, respuestas a requerimientos de la SIC, gestión de videovigilancia adaptada (si la IA parte de cámaras), tratamiento de datos de NNA e incluso transferencias internacionales bajo estándares seguros.

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“Si hoy solucionas este problema con nosotros, seguiremos acompañándote para que no vuelva a ocurrir.”

Hace un tiempo nos contactó un conjunto residencial en Medellín que quería instalar cámaras con IA de detección de movimiento y reconocimiento de placas. Pero lo manejaban sin aviso, sin política clara, sin consentimiento, y sin control de acceso. Los residentes empezaron a cuestionar, hubo quejas en redes y la junta directiva se asustó. Intervinimos con TODO EN UNO.NET: primero hicimos un diagnóstico y mapearon todos los puntos de datos (plazoletas, accesos, visitantes, menores). Luego diseñamos la estrategia normativa: aviso visible, consentimiento informado, exclusión voluntaria, anonimización de placas, retención mínima, auditoría criptográfica. Finalmente se implementó con capacitación, manuales, pruebas periódicas, revisión de sesgo, y acompañamiento.

Hoy ese conjunto opera con tranquilidad: no solo cumple con la SIC sino que transmite confianza a propietarios y visitantes, y ante cualquier auditoría tiene respaldo documental para demostrar responsabilidad. Esa reputación robusta es tangible: nunca más quejas hacia la administración, menor riesgo legal y mayor credibilidad.

Cuando hablas de inteligencia artificial, muchas personas piensan en algoritmos mágicos, “big data” o sistemas autónomos, pero detrás de todo eso hay datos personales: nombres, rasgos biométricos, historiales, comportamientos y ubicaciones. Y esos datos están protegidos por la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013, jurisprudencia como la Sentencia C-748 de 2011 y las guías de la SIC. Si implementas IA sin ese respaldo legal, estás expuesto a sanciones, demandas, pérdida de confianza y daño reputacional.

Para evitarlo, TODO EN UNO.NET implementa un enfoque de Transformación Responsable: convertimos el cumplimiento en una fortaleza competitiva. Con políticas claras, sistemas auditablemente seguros, tratamiento especial para NNA, vigilancia adaptada, transferencia internacional con estándares rígidos y accountability real, transformamos el riesgo en un activo estratégico. Nuestro servicio no es solo técnico ni solo legal: es integral, práctico y humano. Actuamos como aliado en tu transformación digital, asegurando que la innovación no se convierta en vulnerabilidad. En cada paso, te acompañamos para que no tengas que improvisar ni pagar el precio del descuido.

Transformamos el cumplimiento en confianza y ventaja competitiva.

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Julio César Moreno Duque
Fundador – Consultor Senior en Tecnología y Transformación Empresarial
División Habeas Data – TODO EN UNO.NET
👉 “Nunca la tecnología por la tecnología en sí misma, sino la tecnología por la funcionalidad.”

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