El próximo 31 de Marzo se vence el plazo para el reporte ante el Registro Nacional de Bases de Datos -RNBD- de la Superintendencia de Industria y Comercio sobre los reclamos presentados por los titulares en materia de protección de datos personales en el semestre del año anterior.
Debido a que los reclamos son uno de los tantos aspectos que las organizaciones deben gestionar de manera permanente, de ahí la exigencia que en el manual interno de politicas y procedimientos en materia de proteccion de datos personales, se tenga un procedimiento para gestionar las consultas y reclamos en materia de protección de datos personales. Dicho procedimiento debe contemplar el registro de los reclamos presentados por el titular, esto con el propósito que el responsable del programa haga seguimiento sobre los reclamos más comunes y persistentes dentro de la organización, identificar las fallas y origenes de la organización que esta generando esa reclamación y en genereal, realizar el respectivo monitoreo.
Nota: Recuerde que así no se haya generado ningún reclamo en el periodo anterior, se debe reportar de todas formas, que no se generó ninguna novedad.
