Conoces los derechos de autor de las imágenes en Internet y qué significa el Símbolo Copyright?

 ¿Conoces los derechos de autor de las imágenes en Internet y qué significa el Símbolo Copyright?


El tema de los derechos de autor de las imágenes en Internet, al buscar fotos o vectores para nuestros proyectos Online, suele ser una duda que la mayoría de nosotros hemos tenido en más de una ocasión.

En Internet, es muy habitual toparnos con sitios Web o perfiles en Redes Sociales que publican fotografías descargadas de Google imágenes o literalmente copiadas de alguna página de un ente oficial o de una atracción turística, sin tener la más menor idea de si lo que hacen es legal o no.

Por eso me pregunto: ¿sabes qué tipos de derechos de autor tiene una imagen o cuándo una foto se considera sin copyright?

¿Cuáles son los derechos de autor de las imágenes o fotografías en Internet?

Los que nos dedicamos a gestionar estrategias Digitales de negocios que no disponen del suficiente presupuesto para comprar fotografías, terminamos descargando fotos gratis de algún banco de imágenes que pensamos que son sin derechos de autor.

Por otro lado, como bloguero o Community Manager siempre llega ese momento en que necesitas contenido visual nuevo y rastreas la red en busca de imágenes sin Copyright que hagan más atractivo un artículo de tu blog o las portadas de tu Web.

Las leyes o licencias que afectan a las fotos que podríamos utilizar en nuestros contenidos, es un tema que siempre genera muchas dudas.
¿Qué derechos de autor debe tener una imagen para ser utilizadas libremente?

Entonces, pensando en todos los que no tienen aún muy claro el tema de las licencias de propiedad intelectual que rigen a ese tipo de contenidos Online, he invitar a Jesús Pérez Serna para que nos aclare un poco mejor los derechos de autor de una foto en Internet.
Guía sobre los derechos de autor en Internet o la propiedad intelectual de las imágenes online

La OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) explica que la propiedad intelectual se refiere a las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, etc. Así como a los símbolos, logotipos, nombres e imágenes utilizados en el comercio.

Esta propiedad intelectual de la que hablamos genera a su vez los derechos de autor sobre obras como libros, música, pintura, escultura, imágenes, películas, programas informáticos… y por supuesto fotografías e infografías.

Claro que normalmente estas creaciones necesitan además un soporte o medio para ser transmitidas, y en estos tiempos Internet resulta ser uno de los métodos de difusión más habituales. Y todo lo que está en Internet es para muchos «free» en el doble sentido del término: gratis y libre, ¿no? Pues no.


«No es el medio de difusión lo que define la situación legal de una obra, sino la legislación vigente y la voluntad expresa de su autor o creador»
¿Qué son los derechos de autor o Copyright?

El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas que garantizan la propiedad intelectual tanto patrimonial como moral, que la legislación otorga al creador de una obra de cualquier tipo (sobre la misma o parte de ella), esté ya publicada o aún permanezca como inédita.

Esta legislación, también conocida con el término anglosajón Copyright (traducido literalmente como “derechos de copia”, aunque no son exactamente lo mismo), es relativamente moderna en Occidente, no iniciándose legalmente hasta el siglo XVIII.

A nivel gráfico se reconoce al Copyright © por el uso de un símbolo regulado según el artículo 146 del Real Decreto Legislativo 1/1996.


Artículo 146: símbolo del Copyright ©

El titular o cesionario en exclusiva de un derecho de explotación sobre una obra o producción protegida por esta Ley podrá anteponer a su nombre el símbolo © con precisión del lugar y del año de la divulgación de las mismas.
Símbolos Copyright


De esta definición y de la combinación anterior de medios de difusión y legalidad vamos a encontrar, en lo que se refiere a derechos de autor de una imagen en Internet, tres casos principales:Vigencia de los mismos.
Dominio público.
Creative Commons.
⇒ Vigencia del Copyright

Es importante señalar que para generar los derechos de autor no se exige ninguna inscripción en un registro, sino que nacen con la creación de la obra en si.

Se debe recordar también que aunque existen armonizaciones o convenios internacionales, las leyes de cada país pueden diferir en algunos puntos en especial respecto al plazo de protección tras el cual los derechos de autor expiran.

El Copyright también dispone de una variante relacionada: el Copyleft → es un tipo de derecho de autor que permite la alteración de una obra y la libre distribución de sus copias, pero que también garantiza los mismos derechos libres para esas versiones modificadas (ejemplo: Linux SO). Se representa con un símbolo de Copyright invertido.
⇒ Imágenes de dominio público (Public Domain)

Se trata de la situación en la que quedan las creaciones cuando termina el periodo de protección que les otorgan los derechos de autor.

A partir de ese momento pueden ser utilizadas sin permiso y sin generar contraprestación para el creador original o sus herederos.

Se puede por tanto copiarlas, distribuirlas, adaptarlas, etc…

Pero sin olvidar que al hacerlo se pueden crear nuevas imágenes o una obra derivada que sí estará protegida. Se representa con un símbolo de Copyright tachado.

Por ejemplo habrás visto en muchas ocasiones reproducciones modificadas de cuadros famosos. El cuadro original puede estar en dominio público, pero la nueva obra creada no. Es decir, la obra nueva ahora posee una propiedad intelectual propia.

Tampoco el hecho de que se fotografíe un monumento histórico o paisaje convierte la imagen resultante en dominio público.

Fotografiar atracciones turísticas no convierte esa imagen en Dominio Público

Una fotografía de la Sagrada Familia de Barcelona tiene por defecto la misma protección o propiedad intelectual que cualquier otra imagen de creación propia.
⇒ Fotografías con licencia Creative Commons (CC)

Estas licencias se publicaron en 2002 por Creative Commons, una corporación sin ánimo de lucro fundada en 2001 en los Estados Unidos. En la sección española de su blog puedes encontrar las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre licencias “CC”.

En esta infografía se puede ver el gran impacto que estas opciones de licencias han alcanzado en apenas poco más de una década de uso.


A diferencia de los derechos de autor las licencias Creative Commons no se generan por sí mismas, sino que necesitan la voluntad expresa del autor para su nacimiento.

Su finalidad es que autores y creadores puedan compartir voluntariamente su trabajo con herramientas libres, pero manteniendo ciertos derechos en función de la licencia elegida.¿Estás buscando imágenes para tu blog o página web?
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Símbolo Copyright – Estas licencias “Creative Commons” se construyen basándose en cuatro condiciones:Reconocimiento.
No Comercial.
Sin obras derivadas.
Compartir Igual.

Combinándolas generan los siete tipos de licencias CC que podemos encontrar en la actualidad y que permiten diferentes usos y se reconocen por estos símbolos:
1. Dominio público (CC0)

Esta es la opción más abierta. Ella es consecuencia en realidad de la ausencia de las cuatro condiciones, de forma que el creador ha renunciado por completo a sus derechos de autor equiparando la situación legal a la del dominio público.

2. Reconocimiento (BY)

Puedes compartir y adaptar la imagen u obra con cualquier finalidad, incluso comercial, con la única condición de reconocer la autoría original (normalmente con un enlace al original).

3. Reconocimiento – Compartir Igual (BY-SA)

Añade a las anteriores la condición de que si remezclas, editas, transformas o creas algo nuevo a partir de ese material fotográfico, deberás difundir el resultado con la misma licencia que tenía el original.

4. Reconocimiento – No Comercial (BY-NC)

En este caso además no puedes usar esa imagen para una finalidad comercial o lucrativa.

5. Reconocimiento – Sin Obra Derivada (BY-ND)

No se permite un uso comercial de la imagen original ni la generación de obras derivadas de la misma.

6. Reconocimiento – No Comercial – Compartir Igual (BY-NC-SA)

No está autorizado el uso comercial de la obra original ni de las posibles derivadas, que además deben compartirse con la misma licencia y derechos de autor que la original.

7. Reconocimiento – No Comercial – Sin Obra Derivada (BY-NC-ND)

Se trata de la más restrictiva de todas las licencias de las imágenes en Internet, puesto que no permite obras derivadas ni el uso comercial de las mismas.


Si quieres utilizar en tus imágenes licencias Creative Commons (o para otras creaciones tuyas), en esta página web tienes un generador del código HTML que te facilitará crear el icono correspondiente (Imágenes propiedad de Creativecommons.org).
¿Qué fotos podría utilizar libremente en mi blog o sitio web según sus derechos de autor o licencia Creative Commons?

Si no quieres tener que preocuparte de si vas a hacer un uso comercial o vas a transformar la imagen original, entonces debes limitarte a buscar para tu blog o página web contenido visual y obras en dominio público o con CC0 ó CC (by).

Recuerda, eso sí, siempre reconocer la fuente y la autoría en este segundo caso “CC (by)” en algún lugar de ese artículo de tu blog o sitio web (en el que se publicara la foto).

Si tienes claro que no necesitas retocar la creación original y/o el uso no va a ser comercial, entonces puedes ampliar la búsqueda entre el resto de licencias Creative Commons “CC” y cumplir sus requisitos al publicar la imagen en tu blog o página web.

Finalmente si estás dispuesto a pagar al autor o comercializador por el uso de su obra en tu estrategia de marketing, para garantizarse así una posible exclusividad y una mayor calidad.

Además, puedes acudir a los sitios web que venden imágenes y por el precio marcado adquirir el derecho de uso de la fotografía en las condiciones que allí se marquen.


¿Qué pasa con los derechos de autor de una imagen al compartirla en redes sociales?

Si en vez de incluir la imagen en una página web o blog propios vamos a compartirla en una red social, la situación legal no se modifica respecto a lo explicado en el apartado anterior sobre propiedad intelectual de las imágenes en Internet.

En las redes sociales funcionan las mismas condiciones legales sobre las imágenes que en cualquier otro sitio de Internet, además de las propias normas de uso de cada una de esas plataformas sociales.

Esto significa que en caso de vulneración de la propiedad intelectual de esas imágenes o de los derechos de autor de las fotografías en redes sociales, además de la posible denuncia del autor, podríamos encontrarnos con sanciones que vayan desde la retirada de la publicación o mensaje hasta la expulsión del usuario de esa plataforma social.

No hay que olvidar que cuando participamos en redes sociales lo estamos haciendo en casa de un tercero, y el dueño es quien pone las normas.

De todas formas también hay que decir que la mayor parte de los baneos lo son por vulnerar la ley en los sectores de la música y el cine, no tanto por las imágenes en Internet.
¿Y si la imagen la encontramos en la web de un organismo público como un ayuntamiento o gobierno local?

Pues, nuevamente, tampoco se modifica la situación legal. Como ya he indicado, no es el soporte el que marca la situación legal de la obra fotográfica.

Por tanto si en la web del ayuntamiento encontramos una imagen de nuestro interés, deberemos averiguar la situación legal de esa foto, sin suponer que por el mero hecho de estar colgada en una web municipal ya es de dominio público.
Un consejo final sobre listas de sitios web con imágenes gratis

Acudiendo a Google es fácil encontrar una gran cantidad de posts con listas de sitios webs que ofrecen imágenes gratis o libres de derechos. Yo mismo he cometido uno de esos errores.

Te aconsejo fijarte en la fecha del post, ver si ese contenido está bien actualizado y en cualquier caso revisar siempre las condiciones legales de cada imagen en la web de descarga original.

Ocurre en muchas ocasiones que un sitio web aparecía ofreciendo imágenes de dominio público, pero después cierra un tiempo por el motivo que sea o se vende el ese dominio, y en su nueva etapa cambian las condiciones legales sobre ese contenido fotográfico supuestamente gratuito.

Foto (camera and tablet. flat illustration ): Shutterstock


Y tú ¿conocías los derechos de autor de las imágenes en la red?


TODO EN UNO.NET

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